Exenciones
Programa
¡En VA Home Care, hay muchas exenciones disponibles que puedes usar aquÃ!
Desplácese hacia abajo para ver y obtener más información sobre todas las exenciones disponibles.

Exención de responsabilidad por autismo en adultos
La exención para autismo en adultos (AAW) es una exención de Medicaid de servicios basados en la comunidad y el hogar (HCBS) 1915(c) diseñada para brindar servicios a largo plazo y apoyo para la vida en comunidad, adaptada a las necesidades especÃficas de adultos de 21 años o más con TEA.
Exención de opciones de salud comunitaria
Esto está disponible para personas de 60 años o más.
Los servicios de exención basados en la comunidad y en hogares para personas mayores pueden estar disponibles para los residentes de Pensilvania mayores de 60 años para permitirles continuar viviendo en sus hogares y comunidades con apoyo y servicios.
Para ser elegible para la Exención por Envejecimiento, usted debe:
Ser residente de Pensilvania.
Ser ciudadano estadounidense o un no ciudadano calificado.
Tener un número de seguro social.
Tener 60 años de edad o más.
Satisfacer el nivel de necesidades de atención de un centro de enfermerÃa especializada.
Cumplir con los requisitos financieros determinados por la oficina de asistencia del condado local .
Exención de la Ley 150
Si tiene una discapacidad fÃsica, el programa Ley 150 financiado por el estado puede estar disponible para que pueda continuar viviendo en su hogar y comunidad con apoyo y servicios.
La elegibilidad se basa en una evaluación del nivel de atención, una determinación de elegibilidad financiera y la elegibilidad del programa.
Para ser elegible para los Servicios de la Ley 150, usted debe:
Ser residente de Pensilvania.
Satisfacer el nivel de necesidades de atención de un centro de enfermerÃa especializada.
Tener entre dieciocho (18) y cincuenta y nueve (59) años de edad.
Ser capaz de a) contratar, despedir y supervisar a los cuidadores; b) administrar sus propios asuntos financieros; y c) administrar sus propios asuntos legales.
Ser capaz de dirigir su propio cuidado.
Tener un impedimento fÃsico médicamente determinable que se espera que dure un perÃodo continuo de no menos de doce (12) meses calendario o que pueda resultar en la muerte.
Continuar con el proceso de elegibilidad para el programa Medicaid (MA) y ser determinado como financieramente no elegible.
Para aprovechar el Programa Ley 150, es posible que se le imponga un copago mÃnimo. Este copago se basa en sus ingresos y no superará el costo total de los servicios.
Exención de OBRA
La exención OBRA es un programa de exención basado en el hogar y la comunidad que puede ayudarlo si tiene una discapacidad fÃsica del desarrollo para permitirle vivir en la comunidad y permanecer lo más independiente posible.
Para ser elegible, usted debe ser:
Un residente de Pensilvania.
De 18 a 59 años. Las personas que cumplen 60 años mientras están en la exención pueden seguir recibiendo servicios a través de la exención OBRA hasta que ya no los necesiten. Los nuevos solicitantes de 60 años o más serán derivados a otros programas.
Tiene una discapacidad fÃsica grave del desarrollo que requiere un nivel de atención en un centro de cuidados intermedios/otras afecciones relacionadas (ICF/ORC).
La discapacidad debe dar lugar a limitaciones funcionales sustanciales en tres o más de las siguientes actividades principales de la vida:
Autocuidado, comunicación, aprendizaje, movilidad, autodirección y capacidad para vivir de forma independiente.
Cumplir con los requisitos financieros determinados por la Oficina de asistencia del condado local.